FISCALES

Artículo IUS 808235. PEQUEÑA PROPIEDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PEQUEÑA PROPIEDAD.

El acuerdo de la autoridad, por el que niega al quejoso la devolución de sus pequeñas propiedades, lo molesta en sus derechos posesorios, por no haberse seguido el procedimiento adecuado, con audiencia previa del interesado, lo que indudablemente entraña violación de garantías individuales. Cualquiera que sea la ley en que se pretende apoyar la negativa a cumplir el acuerdo presidencial de inafectabilidad, que ordenó devolver sus pequeñas propiedades a la parte quejosa, no es atendible, ya que aquella fue dictada por la suprema autoridad en materia agraria y el Jefe del Departamento Agrario carece de capacidad para contrariar y oponerse a las resoluciones de sus superiores jerárquicos.

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Registro digital (IUS): 808235

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5195

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 778/42. Angeles Marina. 27 de agosto de 1943.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808235 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808235 de la J. Fiscales SCJN?

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