Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Debe considerarse cierto el acto reclamado, con respecto al jefe del Departamento de Personal de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, por falta de su informe, ya que a ello equivale el firmado a su nombre por una persona que no se identifica; así también en cuanto al tesorero de la Federación y al jefe del Departamento de Pago de Sueldos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya que tampoco pueden considerarse como informes, por su parte, los que rindieron los inferiores, dado que esas autoridades superiores no pueden hacerse representar en el juicio de amparo, de conformidad con el artículo 19 de la ley de la materia.
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Registro digital (IUS): 808303
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4720
Amparo administrativo en revisión 3710/42. Grovas Galicia Juan y coagraviados. 15 de junio de 1943. Unanimidad de cinco votos, con excepción del cuarto punto resolutivo que se falló por mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Bartlett Bautista y Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IX.1o.8 K (10a.). INFORME PREVIO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE QUE TIENE SU RESIDENCIA EN LUGAR DISTINTO AL DEL JUZGADO DE DISTRITO. FECHA EN QUE DEBE TENERSE POR PRESENTADO EL ENVIADO A TRAVÉS DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO.
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Art. XIX.1o.P.T.2 CS (10a.). INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. SI SE LE TUVO COMO PARTE TERCERO INTERESADA HASTA QUE SE RINDIÓ EL INFORME JUSTIFICADO Y SE LE EMPLAZÓ CON LA DEMANDA Y SU AUTO ADMISORIO SIN OTORGARLE COPIA DE AQUÉL NI DE LAS CONSTANCIAS QUE LO ACOMPAÑARON PARA QUE SE IMPUSIERA TOTALMENTE DEL ACTO RECLAMADO Y EJERCIERA SU DERECHO DE DEFENSA A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE, ELLO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO QUE AMERITA SU REPOSICIÓN.
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