Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el amparo es promovido por persona extraña al juicio, solamente tienen el carácter de terceros perjudicados, cualquiera de las partes en el mismo juicio, de conformidad con la parte final del inciso a), fracción III, del artículo 5o. de la Ley de Amparo.
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Registro digital (IUS): 808386
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5214
Queja en amparo civil 693/42. Ramírez María Encarnación, sucesión de. 19 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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