FISCALES

Artículo IUS 808386. PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO, TERCEROS PERJUDICADOS EN EL AMPARO PROMOVIDO POR LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO, TERCEROS PERJUDICADOS EN EL AMPARO PROMOVIDO POR LA.

Si el amparo es promovido por persona extraña al juicio, solamente tienen el carácter de terceros perjudicados, cualquiera de las partes en el mismo juicio, de conformidad con la parte final del inciso a), fracción III, del artículo 5o. de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 808386

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5214

Precedentes

Queja en amparo civil 693/42. Ramírez María Encarnación, sucesión de. 19 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808386 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808386 de la J. Fiscales SCJN?

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