Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Antes de acudir al juicio de garantías contra el cobro de un impuesto que el quejoso considera exagerado, ordenado por un recaudador de rentas, debe interponerse el recurso de oposición establecido por los artículos 43, 46, 47 y 50, fracción III, de la Ley Económico-coactiva, vigente en el Estado.
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Registro digital (IUS): 808400
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5599
Amparo administrativo en revisión 657/43. Amador Gilberto. 23 de junio de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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