Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si la orden de cobro de una multa impuesta al quejoso y de la cantidad que importa el sostenimiento de una Escuela Artículo 123, fue consentida por el quejoso, el procedimiento económico coactivo y el embargo correspondiente, como consecuencias necesarias de la orden indicada, deben seguir la misma condición jurídica de ésta.
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Registro digital (IUS): 808410
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3182
Amparo en revisión en materia de trabajo 7/43. Mc. Conegly Patricio. 7 de mayo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconselos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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