FISCALES

Artículo IUS 808419. AMPARO DIRECTO, COPIAS PARA EL.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

AMPARO DIRECTO, COPIAS PARA EL.

Si el quejoso no cuidó de acompañar a su demanda, la copia certificada de constancias a que se refiere el artículo 164 de la Ley de Amparo, en relación con la fracción VII del artículo 107 constitucional, y como consecuencia de ello, la Suprema Corte de Justicia, carece de base para poder juzgar de la constitucionalidad o anticonstitucionalidad del acto reclamado, en tales condiciones, es de estimarse que el quejoso no ha probado que dicho acto sea violatorio de garantías, por lo que debe negarse el amparo.

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Registro digital (IUS): 808419

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7289

Precedentes

Amparo civil directo 3950/42. The General Supply Company, S. A. 25 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808419 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808419 de la J. Fiscales SCJN?

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