FISCALES

Artículo IUS 808458. PRESUNCIONES, NATURALEZA DE LA PRUEBA DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRESUNCIONES, NATURALEZA DE LA PRUEBA DE.

Las presunciones no constituyen medios de prueba como las demás que pueden aportarse por las partes, ya que la presunción es un raciocinio, una deducción que hace el Juez, para la averiguación de un hecho desconocido, partiendo de la verdad de un hecho conocido; las partes prueban un hecho y por un proceso de raciocinio, se llega entonces a la conclusión de que otro hecho desconocido es cierto; tomando como base la certidumbre del hecho del que se deriva.

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Registro digital (IUS): 808458

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2025

Precedentes

Amparo civil directo 3836/40. Sucesión de Gabriel Siller. 6 de agosto de 1941. Mayoría de tres votos de los ciudadanos Ministros Felipe de Jesús Tena, Nicéforo Guerrero y presidente Hilario Medina, habiendo votado este último por la concesión del amparo, también para que se declaren procedentes los agravios primer y cuarto de la demanda. El ciudadano Ministro Sánchez Taboada, votó por el sobreseimiento, en virtud de que cuando se cometen irregularidades en el cumplimiento de una ejecutoria de amparo, es este improcedente y debe hacerse uso del recurso de queja. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808458 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808458 de la J. Fiscales SCJN?

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