FISCALES

Artículo IUS 808470. MARINA MERCANTE NACIONAL DE NAVEGACION FLUVIAL, MOTORISTA DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

MARINA MERCANTE NACIONAL DE NAVEGACION FLUVIAL, MOTORISTA DE LA.

Debe sobreseerse en un amparo que promueva un motorista de la Marina Mercante Nacional, contra el acuerdo circular de 15 de marzo de 1939, en cuanto se aplique en su perjuicio, por la aprobación de adiciones y reformas al reglamento para motoristas de la Marina Mercante Nacional, haciendo la distinción y clasificación de motoristas de la Marina Mercante Nacional de Navegación Marítima y motoristas de la Marina Mercante Nacional, de navegación fluvial, poniendo taxativas para que los llamados "fluviales", no puedan trabajar en las embarcaciones de navegación marítima, cuando el quejoso promueva el amparo fuera del término que para ocurrir al mismo concede la ley de la materia, si se demuestra que con anterioridad a la promoción del juicio de garantías, ya era sabedor del acto reclamado; sin que obste la circunstancia alegada de haberse interpuesto un diverso amparo, cuando se le impidió trabajar en otras embarcaciones, a que ello no descarta el hecho de haber conocido dichos actos.

---

Registro digital (IUS): 808470

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3512

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3618/42. Ramón Juan. 10 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808470 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808470 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 808470 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 808470 FISCALES desde tu celular