FISCALES

Artículo IUS 808476. REVISION, NO ES VALIDA LA INTERPUESTA POR SUPERIORES DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

REVISION, NO ES VALIDA LA INTERPUESTA POR SUPERIORES DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.

La Ley de Amparo no reconoce personalidad a los superiores de las autoridades responsables, para interponer revisión en los juicios de garantías, como representantes de éstas. Tal tesis tiene por fundamento, a más del artículo 19 de dicha ley, en que terminantemente se expresa que las autoridades responsables no pueden ser representadas en el juicio, el hecho de que los encargados de las oficinas de las secretarías de Estado o departamentos autónomos, no son simples empleados, sino que tienen atribuciones propias, perfectamente definidas, y por razón de las cuales tienen que responder de sus actos, no sólo ante el superior de quien dependen, sino también ante el público con quien intervienen, y en tal virtud, si contra ello se pide amparo, porque se estiman violatorias de garantías sus actividades, lógico es deducir que al ser llamados a juicio, con el carácter de autoridades, tienen la obligación de rendir los informes correspondientes y de preparar la defensa de los intereses que representan, así como la de interponer los recursos que procedan.

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Registro digital (IUS): 808476

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4189

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 2146/42. Elías Manuel y coagraviado. 19 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808476 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808476 de la J. Fiscales SCJN?

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