FISCALES

Artículo IUS 808614. PRESUNCIONES, APRECIACION DE LAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRESUNCIONES, APRECIACION DE LAS.

Las presunciones no son otra cosa que los hechos que se deducen lógicamente de los acreditados en autos, de suerte que cuando las partes rinden pruebas durante el juicio, el juzgador se encuentra en la obligación de hacer el examen de esos hechos, para poder apreciar todas sus consecuencias, aun cuando las mismas partes no hagan alusión expresa a ellas.

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Registro digital (IUS): 808614

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2836

Precedentes

Amparo civil directo 13776/32. Esparza Mercedes José. 29 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808614 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808614 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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