Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Las presunciones no son otra cosa que los hechos que se deducen lógicamente de los acreditados en autos, de suerte que cuando las partes rinden pruebas durante el juicio, el juzgador se encuentra en la obligación de hacer el examen de esos hechos, para poder apreciar todas sus consecuencias, aun cuando las mismas partes no hagan alusión expresa a ellas.
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Registro digital (IUS): 808614
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2836
Amparo civil directo 13776/32. Esparza Mercedes José. 29 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. VI.2o.C.16 K (10a.). RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA QUE DEJE DE SURTIR EFECTOS LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA, AL NO EXHIBIRSE LA GARANTÍA FIJADA PARA ELLO [APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 39/2012 (10a.)].
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