FISCALES

Artículo IUS 808641. TERCERIA, PRUEBAS EN LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

TERCERIA, PRUEBAS EN LA.

Los principios reguladores de la prueba jurídica, requieren esencialmente, que el actor pruebe su acción, acreditando los hechos de donde los hace derivar, por lo que si aquél, al proponer una tercería, lo hace fundándose en el derecho de propiedad que dice tener sobre unos semovientes embargados, lo esencial para la prueba de la acción, consiste en acreditar el derecho de esa propiedad, y para ello es indispensable que el Juez entre al estudio y apreciación de las pruebas rendidas por el tercerista y no prevalerse de circunstancias secundarias e inconexas con la acción para declarar su procedencia, pues del hecho de que el demandado no acredite su derecho de propiedad sobre los semovientes, no se desprende necesaria y forzosamente, que esa propiedad deba ser atribuída al tercerista.

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Registro digital (IUS): 808641

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 119

Precedentes

Amparo civil directo 2864/39. Chico Faustino. 4 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808641 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808641 de la J. Fiscales SCJN?

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