Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
Este incidente no se tramita por separado ni por duplicado, sino en el propio expediente que la autoridad responsable forma con la copia de la demanda de garantías destinada a ella; consecuentemente, no es necesario presentar copias de la demanda para su tramitación.
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Registro digital (IUS): 808731
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1967; Pág. 57
Reclamación en amparo directo 9762/66. Vicente Mellado Rodríguez (Sucesión). 2 de agosto de 1967. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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