FISCALES

Artículo IUS 808811. TERCERO PERJUDICADO, EFECTOS DE LA FALTA DE NOTIFICACION AL.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

TERCERO PERJUDICADO, EFECTOS DE LA FALTA DE NOTIFICACION AL.

Si no obstante que en el auto que dé entrada a una demanda de amparo, se ordena hacer saber al tercero perjudicado la interposición de la demanda y correrle el traslado correspondiente, no hay constancia alguna en el expediente, que demuestre que se cumplió con esa disposición, debe revocarse el fallo recaído en dicho amparo y ordenarse que se reponga el procedimiento, desde el auto que se citó para la audiencia constitucional, a fin de que sea notificado el tercero perjudicado.

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Registro digital (IUS): 808811

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2429

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 7587/37. Núñez Héctor Adolfo. 10 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808811 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808811 de la J. Fiscales SCJN?

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