FISCALES

Artículo IUS 808837. RECUSACION SIN CAUSA EN LA APELACION, SOLO SURTE EFECTOS EN EL TOCA EN QUE SE HIZO VALER.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

RECUSACION SIN CAUSA EN LA APELACION, SOLO SURTE EFECTOS EN EL TOCA EN QUE SE HIZO VALER.

Si un Magistrado de Circuito es recusado sin causa, en el toca relativo a una apelación, la recusación no surte efectos en otro toca, que se forme con motivo de otra alzada, interpuesta en el mismo negocio, y, por tanto, el Magistrado no tiene impedimento legal para conocer de aquélla, puesto que no ha sido recusado, ni tampoco lo ha sido en el juicio principal.

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Registro digital (IUS): 808837

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2148

Precedentes

Controversia 40/37. Suscitada entre los ciudadanos Magistrados del Tribunal del Quinto y del Sexto Circuitos. 22 de noviembre de 1937. Mayoría de diez votos. Disidentes: Daniel Galindo, Rodolfo Chávez S., Salomón González Blanco, Sabino M. Olea, Jesús Garza Cabello, José M. Ortiz Tirado y Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808837 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808837 de la J. Fiscales SCJN?

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