FISCALES

Artículo IUS 808947. MEDICOS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS TITULOS DE LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

MEDICOS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS TITULOS DE LOS.

Si el título expedido en favor de una persona, no proviene de una escuela del Estado de Puebla, sino de una escuela libre, la cancelación del registro que se haga de dicho título, no puede fundarse en el artículo 163 del Código Sanitario, pues tal cancelación debió haberse regido por disposición distinta a la aplicada al caso, demostrando que la Universidad Nacional no reconoció a la escuela libre, o que los planes de estudio no fueron aprobados por ella, o que se violó alguna otra disposición que la universidad hubiere dictado para garantizar los intereses de la sociedad y del Estado.

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Registro digital (IUS): 808947

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 829

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6858/34. Posada Díaz Manuel. 6 de agosto de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808947 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808947 de la J. Fiscales SCJN?

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