Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Deben confirmarse en los puntos en que no son materia de la revisión interpuesta.
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Registro digital (IUS): 809382
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1729
Amparo civil en revisión 3783/33. Medina de Boelsterly María. 5 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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