FISCALES

Artículo IUS 809492. AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, IMPOSICION DE PENAS POR.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, IMPOSICION DE PENAS POR.

Si bien es cierto que las autoridades administrativas tienen facultades constitucionales para castigar las faltas a los reglamentos de policía y gubernativos, también lo es que deben comprobar plenamente en el amparo, la comisión del acto penado por tales reglamentos, sin que sea bastante para satisfacer ese requisito, la relación de las personas consignadas por diversas infracciones tales reglamentos y del resultado de su calificación, si no consta el hecho constitutivo de la infracción, para que la Justicia Federal pueda resolver si ha sido, o no, legal la aplicación de los reglamentos violados.

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Registro digital (IUS): 809492

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 16

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 2689/31. Tiburcio Felipe. 3 de enero de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809492 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809492 de la J. Fiscales SCJN?

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