FISCALES

Artículo IUS 809723. SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO.

La autoridad responsable, en los amparos directos, sólo obra como auxiliar de la Justicia Federal, cuando dicta providencias relativas a la suspensión y el otorgamiento de la fianza y contrafianza; pero las medidas que dicte para ejecutar su fallo, cuando la suspensión no está decretada, o cuando aún no surte efectos, por falta de la fianza correspondiente, entran dentro de sus atribuciones propias y son de naturaleza común, por lo cual la Corte no puede revocarlas, sin recurrir en una invasión de funciones.

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Registro digital (IUS): 809723

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 576

Precedentes

Queja en amparo civil 2/27. Bueno Cipriano, sucesión de. 14 de marzo de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809723 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809723 de la J. Fiscales SCJN?

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