FISCALES

Artículo IUS 809746. FIANZA EN EL AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

FIANZA EN EL AMPARO.

Si bien la Corte, en algunas ejecutorias, ha establecido que el Juez puede admitir al fiador en el amparo, sin exigirle que compruebe su solvencia con la propiedad de bienes raíces, cuando, por la naturaleza y cuantía del pleito, los daños que pueden ocasionarse con la suspensión, no exceden racionalmente de trescientos pesos, esto no quiere decir que cuando el Juez encuentre que el fiador propuesto no merece crédito, por cuanto a su idoneidad y solvencia, no tiene el derecho de exigirle la comprobación de ellas, con documentos que lo acrediten propietario de inmuebles o de otra clase de intereses.

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Registro digital (IUS): 809746

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 88

Precedentes

Queja en amparo civil 139/28. Castro Evodio. 10 de septiembre de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809746 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809746 de la J. Fiscales SCJN?

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