Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
La Corte no puede decretar el sobreseimiento en el amparo, sólo porque la autoridad responsable afirme que han desaparecido los actos que dieron origen al juicio constitucional, si para demostrar su afirmación, no acompaña constancias fehacientes, ni aduce prueba alguna.
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Registro digital (IUS): 809939
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 237
Amparo administrativo en revisión 2474/21. López Negrete Felipe. 21 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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