FISCALES

Artículo IUS 809943. PRUEBA PRESUNTIVA

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PRUEBA PRESUNTIVA

La Ley de Procedimientos Penales del Distrito, vigente en el Estado de México, faculta a los tribunales para establecer el nexo lógico que resulte entre las verdades conocidas y las que se buscan, y apreciar en conciencia el valor de las presunciones, hasta el grado de poder considerar que su conjunto forma prueba plena.

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Registro digital (IUS): 809943

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 246

Precedentes

Tomo XXV, página 2580. Indice Alfabético. Amparo 294/28. Jiménez Fidencio. 21 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Tomo XXV, página 246. Amparo penal directo 221/20. Ruiz J. Jesús. 21 de enero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809943 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809943 de la J. Fiscales SCJN?

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