FISCALES

Artículo IUS 809956. IMPORTACION.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

IMPORTACION.

Para determinar cuál es la cuota de importación que debe pagar una mercancía, es preciso observar las reglas generales para la aplicación de la tarifa respectiva, que dice: "toda mercancía anotada en el vocabulario anexo, causará la cuota que tenga designada en la tarifa", regla que debe aplicarse en concordancia con el decreto de 30 de mayo de 1921, que a su vez dice: "las diversas especificaciones del vocabulario de la tarifa vigente de los derechos de importación... quedan sujetos a las reformas... establecidas... de acuerdo con la regla primera para la aplicación de la tarifa".

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Registro digital (IUS): 809956

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 353

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 574/22. Sociedad "Felton Hermanos". 28 de enero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809956 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809956 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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