Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Procede decretarla cuando el acto reclamado no se ha consumado totalmente, y además, se llenan los requisitos exigidos por la ley.
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Registro digital (IUS): 810017
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1584
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 16 de marzo de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 810014. VIOLACIONES ALEGADAS.
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