FISCALES

Artículo IUS 810018. COSTAS EN LA SUPLICA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

COSTAS EN LA SUPLICA.

Debe condenarse en las costas de la súplica, cuando la sentencia que en ella se pronuncie, sea conforme de toda conformidad con la de segunda instancia, y el recurrente no haya obtenido en primera.

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Registro digital (IUS): 810018

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1605

Precedentes

Recurso de súplica 86/22. Palma Mena Ramón. 18 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810018 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810018 de la J. Fiscales SCJN?

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