Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La fianza para obtener la suspensión, sólo debe garantizar los perjuicios que puedan ocasionarse con la no ejecución del acto que se reclama; pero la idoneidad del fiador debe comprobarse mediante un certificado de gravámenes que abarque los veinte años anteriores a su expedición.
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Registro digital (IUS): 810049
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 84
Queja en amparo civil. Hernández viuda de Ortiz Gabriela. 7 de mayo de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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