FISCALES

Artículo IUS 810226. FRACCIONAMIENTOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

FRACCIONAMIENTOS.

Los fraccionamientos llevados a cabo después de la fecha en que, por cualquier concepto, ha ejercitado un pueblo su derecho para pedir tierras, no pueden perjudicar a ese pueblo, porque desde el momento en que se formula la solicitud de tierras, el pueblo adquiere el derecho para que se tramite su petición y se le restituya o dote de ejidos. De no ser así, sería imposible cumplir con las leyes agrarias, puesto que cualquier latifundista, tan pronto como tuviera conocimiento de que un pueblo había solicitado restitución o dotación de ejidos, procedería al fraccionamiento de su finca, y nulificaría por ese medio la acción del pueblo, perjudicando gravemente a la sociedad, que tiene interés en que se cumplan pronto y sin obstáculos, las leyes agrarias.

---

Registro digital (IUS): 810226

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 1039

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. S. viuda de Henkel Aurora y coags. 30 de agosto de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810226 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810226 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 810226 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 810226 FISCALES desde tu celular