FISCALES

Artículo IUS 810366. SUSPENSION DE OFICIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SUSPENSION DE OFICIO.

Tratándose de la suspensión de oficio, no hay fianza ni puede haber contrafianza, por no haber tercero perjudicado.

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Registro digital (IUS): 810366

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1002

Precedentes

Queja en amparo administrativo. Huasteca Petroleum Company. 14 de junio de 1922. Mayoría de seis votos. Disidentes: Adolfo Arias, José María Mena, Agustín Urdapilleta y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810366 del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810366 de la J. Fiscales SCJN?

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