FISCALES

Artículo IUS 810467. ALCOHOLES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ALCOHOLES.

El alcohol, al salir de la fábrica, deberá ir acompañado de la factura que justifique haberse cubierto el impuesto respectivo, y la falta de ella, se tendrá como prueba bastante para justificar que no se ha pagado el impuesto; por tanto, la acción de las autoridades administrativas, de acuerdo con las disposiciones de la materia, para hacer efectivo ese impuesto, no viola garantías individuales.

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Registro digital (IUS): 810467

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 471

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 483/22. Ruiz Enedina R. viuda de. 10 de septiembre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810467 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810467 de la J. Fiscales SCJN?

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