Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La prohibición contenida en el artículo 1704 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales es terminante y, por tanto, las mujeres no pueden ser fiadoras más que en los casos de excepción que dicho artículo comprende.
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Registro digital (IUS): 810512
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 206
Queja en amparo administrativo 247/24. Sociedad de Carl V. Schlaet, S. en C. 1o. de febrero de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Salvador Urbina, Jesús Guzmán Vaca y Francisco Díaz Lombardo, en cuanto al primer punto y por mayoría de seis votos. Disidentes: Salvador Urbina, Leopoldo Estrada, Ernesto Garza Pérez, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes, respecto del segundo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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