Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Ha sido práctica constante seguida por la Suprema Corte, el resolver que las que se otorguen con motivo de la suspensión del acto reclamado en el amparo, deben ser ilimitadas y sin fijar cantidad determinada.
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Registro digital (IUS): 810569
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 650
Queja en amparo civil. Montoya viuda de Mier Aurelia. 15 de marzo de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Agustín Urdapilleta, Ernesto Garza Pérez e Ignacio Noris, no estuvieron presentes, por las razones que se exponen en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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