FISCALES

Artículo IUS 810656. DOTACION Y RESTITUCION DE TIERRAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

DOTACION Y RESTITUCION DE TIERRAS.

En la expropiación que se hace para llevarla a cabo, la indemnización puede verificarse a posteriori, porque uno de los fines que persigue la reforma constitucional en esta materia, es la de satisfacer las necesidades de los pueblos o comunidades, para cimentar sin demora la paz pública, atento a que el despojo o invasión de tierras de dichos pueblos, ha constituido una de las causas determinantes de la revolución.

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Registro digital (IUS): 810656

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1401

Precedentes

Amparo civil en revisión. Cobián Feliciano. 9 de noviembre de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Benito Flores no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810656 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810656 de la J. Fiscales SCJN?

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