Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
En los juicios de amparo no se admitirán más recursos que los expresamente concedidos por la ley.
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Registro digital (IUS): 810691
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 139
Queja en amparo administrativo. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila," S. A. 15 de enero de 1920. Unanimidad de diez votos. Excusa: José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.Quinta Epoca:Tomo IV, página 1142. Recurso de revocación interpuesto contra un fallo de la Suprema Corte. Torres Aniceto, sucesión de. 16 de junio de 1919. Resolutor: Ernesto Garza Pérez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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