Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Contra la que se establezca en los giros mercantiles por adeudos al fisco, procede la suspensión mediante fianza, si los intereses fiscales están ya asegurados por el embargo.
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Registro digital (IUS): 810744
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 861
amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Picazo Encarnación. 6 de octubre de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IV.1o.A.33 A (10a.). SALARIO. ELEMENTOS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, AL SER SUSPENDIDOS PROVISIONALMENTE CON MOTIVO DEL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO, TIENEN DERECHO A RECIBIRLO PARA SUBSISTENCIA; DE LO CONTRARIO, SE GENERARÍA UNA AFECTACIÓN A SUS DERECHOS Y DE SUS DERECHOHABIENTES O FAMILIA.
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