Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Las autoridades comunes gozan de amplia libertad sobre apreciación de las pruebas, y sólo puede ser motivo de amparo, la violación a alguna ley reguladora de la prueba.
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Registro digital (IUS): 810774
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 116
Amparo civil directo. Elorduy Rodolfo y Rafael. 9 de julio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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