Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Al Juez de Distrito incumbe resolver, bajo su responsabilidad, sobre la admisión de las fianzas y contrafianzas, sin que tenga obligación de oír sobre el punto a las partes, pues no hay precepto legal que así lo ordene.
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Registro digital (IUS): 810798
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1329
Queja en amparo civil 218/25. Carretero de Sousa Virginia. 7 de diciembre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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