Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El efecto jurídico de la sentencia definitiva que se pronuncie en el juicio constitucional, concediendo el amparo, es volver las cosas al estado que tenían antes de la violación de garantías, nulificando el acto reclamado y los subsecuentes que de él se deriven.
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Registro digital (IUS): 810816
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 511
Queja en amparo civil. Cordero Julio. 19 de septiembre de 1929. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Francisco Modesto Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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