Tesis aislada · Quinta Época · Presidencia de la Corte
No tiene representación alguna en los juicios de amparo, en que practiquen diligencias los Jueces del fuero común, en auxilio de la Justicia Federal, porque la fracción III del artículo 11 de la Ley de Amparo, se refiere al Ministerio Público Federal.
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Registro digital (IUS): 810827
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Presidencia de la Corte
Localización: [TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 679
Queja en amparo civil. Agente del Ministerio Público, adscrito al Juzgado de Primera Instancia de Ozuluama, Veracruz. 15 de abril de 1920. Resolutor: Ernesto Garza Pérez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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