FISCALES

Artículo IUS 810897. DOCUMENTOS FALSOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocacomún

Texto Legal

DOCUMENTOS FALSOS.

Si al presentarse unos documentos por una de las partes en el amparo, otra los objetare como falsos, el Juez suspenderá la audiencia, en los términos del artículo 80 de la ley reglamentaria respectiva, teniendo el mismo Juez competencia, dentro del juicio de amparo, para conocer de la autenticidad del documento, sólo para los efectos del juicio constitucional, sin poder hacer declaración alguna general, que afecte al documento, y sin perjuicio del procedimiento penal a que hubiere lugar.

---

Registro digital (IUS): 810897

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 909

Precedentes

Amparo civil en revisión. Castañeda Ezequiel. 11 de marzo de 1924. Mayoría de siete votos. Excusa: Teófilo H. Orantes. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810897 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810897 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 810897 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 810897 FISCALES desde tu celular