Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El nombramiento de ellos, es una facultad concedida al Tribunal Superior de Justicia del Distrito, contra el ejercicio de la cual, no debe concederse la suspensión, porque la sociedad está interesada en que los nombramientos que dicha autoridad haga, subsistan, para que pueda impartirse justicia.
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Registro digital (IUS): 810907
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1039
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Morales Romero Martín. 21 de marzo de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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