Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Debe negarse cuando los quejosos no comprueban las violaciones que reclaman o su demanda no llena los requisitos que previene el artículo 189 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
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Registro digital (IUS): 810939
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 529
Amparo administrativo en revisión. Romano Leopoldo y coagraviados. 10 de marzo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José María Truchuelo y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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