Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Los Estados tiene la facultad de gravar proporcional y equitativamente todos los valores; y no toca a los tribunales corregir los abusos que el Poder Legislativo pueda cometer, decretando contribuciones, sino cuando cometa flagrantes y palpables atentados contra la propiedad.
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Registro digital (IUS): 811019
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 333
Amparo administrativo en revisión. Peirce de Cuevas Ana C. 16 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Benito Flores y Antonio Alcocer no asistieron a la sesión, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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