Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Cuando no se prueba la existencia del acto reclamado, debe negarse la protección federal, y no dictarse el sobreseimiento, de acuerdo con la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte.
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Registro digital (IUS): 811152
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 840
Amparo administrativo en revisión. Múgica Francisco J. 1o. de noviembre de 1923. Mayoría de siete votos respecto al primer punto resolutivo, mayoría de seis votos por lo que hace al segundo punto resolutivo, y unanimidad de diez votos respecto al tercer punto resolutivo. Ausente: Victoriano Pimentel. Disidentes: Salvador Urbina, Francisco Díaz Lombardo, Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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