Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Contra ellos es improcedente conceder el amparo, debiendo sobreseerse.
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Registro digital (IUS): 811201
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 437
Amparo penal en revisión. Cárdenas Aurelio. 24 de julio de 1920. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. Disidente: Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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