Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El desistimiento del quejoso, respecto del amparo que promueva contra determinados actos, hace improcedente el amparo que, con posterioridad a ese desistimiento, intente por las mismas causas.
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Registro digital (IUS): 811282
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 393
Amparo civil en revisión. Chávez Benito. 20 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Antonio Alcocer no asistieron a la sesión, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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