Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Conforme a la legislación civil de Sinaloa, si los avalúos de los peritos nombrados por las partes, difieren en más de cinco por ciento, se tendrá como precio de la cosa valuada, el promedio de la suma de los avalúos de esos dos peritos y del tercero en discordia.
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Registro digital (IUS): 811318
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 618
Amparo civil en revisión. The Sinaloa Land Company. 8 de octubre de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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