Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Sus actos deben prevalecer, en cuanto no se opongan a las disposiciones de la Constitución.
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Registro digital (IUS): 811327
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 679
Amparo civil en revisión. Compañía Comercial de Fincas Rústicas y Urbanas, S. A., de Mérida, Yucatán. 17 de octubre de 1919. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Enrique Moreno e Ignacio Noris no votaron por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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