FISCALES

Artículo IUS 811351. REVISION, RECURSO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

REVISION, RECURSO DE.

No es el Juez de Distrito a quien corresponde calificar la buena o mala interposición de ese recurso, en los casos que la ley lo admite, sino a la Corte; e interpuesto tal recurso, el Juez debe elevar, desde luego, el incidente, a la superioridad.

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Registro digital (IUS): 811351

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 903

Precedentes

Queja en amparo civil. Morales Gregorio. 11 de diciembre de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Benito Flores y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811351 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811351 de la J. Fiscales SCJN?

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