Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Causa al agraviado perjuicios de difícil reparación, y ninguno se origina a la sociedad, al Estado ni a un tercero, con la suspensión de ella, si se asegura al quejoso conforme a la ley.
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Registro digital (IUS): 811372
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 499
Amparo administrativo. Revisión del auto que negó la suspensión. Alí. 20 de octubre de 1917. Mayoría de diez votos. Disidente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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