Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Es facultad de la Suprema Corte declarar insubsistente las impuestas por los Jueces de Distrito.
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Registro digital (IUS): 811413
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 715
Amparo penal en revisión. Villagómez Prócoro y coprocesados. 14 de noviembre de 1917. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.13o.C.11 K (10a.). CONEXIDAD. LA RESOLUCIÓN QUE LA DECLARA FUNDADA ES RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO.
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