Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Tienen facultades para declarar que se ha cometido una infracción de la ley de la materia y para imponer el castigo correspondiente.
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Registro digital (IUS): 811428
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 820
Amparo administrativo en revisión. Aranda Silviano. 22 de abril de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Benito Flores, Enrique Moreno y José María Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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